Resumen: Ambas partes, demandantes y demandada, interponen recurso de suplicación contra la sentencia del Juzgado de lo Social que estimó parcialmente la demanda de dos trabajadores contra Renfe Viajeros, reconociendo diferencias salariales derivadas del reconocimiento de antigüedad y promoción profesional. Los actores, que ingresaron mediante beca formativa en la OPE 2020, reclamaban que la fecha de antigüedad para la promoción de categoría K30 a K20 se computara desde el primer llamamiento del 6/4/2021, conforme al Acuerdo de 21/9/2022 entre la empresa y el Comité de Empresa, en lugar de la fecha de formalización del contrato el 24/9/2021 establecida en el convenio colectivo. La sentencia de instancia reconoció una indemnización parcial basada en la demora en la formalización del contrato tras el periodo máximo de beca formativa, no en la aplicación del Acuerdo de 2022. El recurso de los demandantes solicitaba la adición de un hecho probado para acreditar la aplicación general del Acuerdo de 2017 y la infracción del principio de igualdad y del Acuerdo de 2017, pero la Sala consideró que la prueba aportada no acreditaba dicha omisión ni la desigualdad alegada, por lo que se desestima su recurso. Por otro lado, el recurso de la empresa demandada alegó incongruencia "extra petitum" en la sentencia por reconocer indemnización basada en una causa no planteada en la demanda, lo que generó indefensión. La Sala estimó este motivo y el recurso de la empresa, revocó la sentencia y desestimó la demanda, al no ser objeto del litigio la indemnización por demora en la formalización del contrato sino la diferencia salarial derivada de la aplicación del Acuerdo de 21/9/2022.